En el súper de San Luis Potosí el empaque ya trae la respuesta en la esquina: uno o varios octágonos negros. No dicen «no lo comas». Dicen que ese producto preenvasado cruzó un perfil oficial. La diferencia importa, porque convertir el sello en lista de prohibidos es otra forma de pelear con la comida.
Qué es un sello y qué no es
El sistema está en la modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020. Aplica a alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados: lo que se envasó sin que tú estuvieras presente y cuya cantidad no cambia hasta que abres el empaque.
Hay cinco octágonos. El apéndice de la norma los nombra, en este orden: «EXCESO CALORÍAS», «EXCESO AZÚCARES», «EXCESO GRASAS SATURADAS», «EXCESO GRASAS TRANS» y «EXCESO SODIO». Van en la esquina superior derecha de la cara principal. Si cabe más de uno, la norma fija el orden de izquierda a derecha.
Los nutrimentos que la norma llama críticos son los azúcares libres, las grasas saturadas, las grasas trans y el sodio: los que, por arriba de ciertos valores, se consideran un factor de riesgo de enfermedades no transmisibles. El sello avisa que el producto cruzó ese perfil. No es una prohibición, ni una receta, ni el plan de tu semana.
Qué fase está vigente en 2026
El texto de 2020 armó tres fases. El calendario que aplica hoy no es el original: el acuerdo de la Secretaría de Economía y de COFEPRIS, firmado el 16 de julio de 2025 y en vigor desde el 1 de enero de 2026, alarga la segunda fase hasta el 31 de diciembre de 2027. La tercera empieza el 1 de enero de 2028. Ese acuerdo deja sin efectos el de mayo de 2025, que habría arrancado la tercera fase el 1 de enero de 2026.
En la segunda fase no se revisa todo el perfil de un jalón. Se evalúa lo que se añadió, con los cortes de la Tabla 6:
- Si se añadieron azúcares, se evalúan azúcares y calorías.
- Si se añadieron grasas, se evalúan grasas saturadas, grasas trans y calorías.
- Si se añadió sodio, solo se evalúa sodio.
Por eso un empaque sin el octágono de sodio no siempre «pasó» una revisión de sodio: en esta fase el sodio se evalúa cuando se añadió sodio. A partir de 2028 la tercera fase aplica el numeral 4.5.3 completo y la misma Tabla 6. Hasta entonces, leer el sello incluye saber en qué fase estamos.
Los cortes, tomados de la Tabla 6
La tabla mide por 100 g en sólidos y por 100 ml en líquidos, no por la porción que dibuja el empaque. En sólidos, por 100 g, la norma fija estos perfiles:
- Calorías: 275 kcal totales o más.
- Azúcares: 10 % o más de la energía total proviene de azúcares libres.
- Grasas saturadas: 10 % o más de la energía total.
- Grasas trans: 1 % o más de la energía total.
- Sodio: 1 mg o más por kilocaloría, o 300 mg o más.
En líquidos, por 100 ml, el perfil de energía es de 70 kcal totales o más, o de 8 kcal o más provenientes de azúcares libres. La misma tabla fija 45 mg de sodio para las bebidas sin calorías. El detalle de cada celda está en el texto de la modificación, no en una regla casera.
Los azúcares libres, según la definición 3.6 de esa norma, son los monosacáridos y disacáridos que añade el fabricante, más los azúcares presentes de forma natural en la miel, los jarabes y los jugos de frutas u hortalizas. No es lo mismo que el azúcar de una fruta entera que partes en casa.
Las leyendas que no son octágonos
Debajo de los sellos, cuando corresponde, van dos recuadros. Si la lista de ingredientes incluye edulcorantes, la leyenda es «CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS». Si hay cafeína adicionada, en cualquier cantidad, la leyenda es «CONTIENE CAFEÍNA EVITAR EN NIÑOS». Que falte el octágono de azúcares no cancela la leyenda de edulcorantes.
En empaques muy chicos —superficie principal de 40 cm² o menos— la norma pide un solo sello con el número de nutrimentos que cumplieron el perfil, no los cinco octágonos. Si no ves la fila completa, no asumas que el producto «está limpio»: puede ser el tamaño del empaque.
Cómo usarlos en el súper, sin lista negra
Lo útil del sello es comparar dos productos parecidos del mismo anaquel: cuál trae exceso de azúcares, cuál de sodio, cuál los dos. Sirve para elegir con más información. No sirve para tachar un alimento de por vida.
Cuando un empaque se vuelve «prohibido», gana poder. Lo deseas más, lo comes con culpa y al día siguiente prometes empezar de cero. Ese ciclo ya lo conté al hablar de por qué el pan no es el enemigo y de cómo se reconoce el hambre emocional. El octágono no debería alimentar esa pelea.
Tampoco cubre todo lo que comes en San Luis Potosí. La tortilla que te pesan en el mercado es un producto a granel: se mide delante de ti. Lo que cocinas en casa tampoco entra en este etiquetado. Una versión empaquetada del mismo alimento sí puede llevar sello. Por eso la tortilla de maíz y la bolsa del súper no se leen con la misma regla.
Si la comida ya ocupa el día entero y los sellos se volvieron otra lista de lo que «no tienes permitido», la parte nutricional se trabaja en equipo y no sustituye la terapia. De eso va la página de conducta alimentaria.
Si vives con diabetes o estás en control de peso
El sello de exceso de azúcares avisa del producto. No calcula tu glucosa, no ajusta tu medicamento y no reemplaza lo que ves con tu médico. En la consulta de diabetes en San Luis Potosí el plan se arma con tus cifras y con la cocina de tu casa: el octágono es una pista en el anaquel, no el tratamiento.
En control de peso pasa algo parecido. Un producto con sello puede entrar en la semana; uno sin sello no es, por ese solo hecho, el que conviene repetir todos los días. Lo que pesa es la frecuencia y con qué lo acompañas. Así lo trabajo en control de peso, sin convertir el súper en un examen.
Dónde lo vemos en consulta
En la primera cita vemos qué empaques sí están en tu carrito y cuáles se volvieron un pleito. Se puede hacer en el consultorio de San Luis Potosí o en línea, desde cualquier punto de México. Si hace falta acompañamiento para que el cambio se sostenga, están los programas mensuales. El marco de todo esto es la psiconutrición: leer la etiqueta y, también, la culpa que a veces viene pegada a ella.
De dónde salen estas cifras
- Modificación a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo de 2020. Ahí están las definiciones, la Tabla 6, el sistema de sellos y el transitorio de las tres fases.
- Acuerdo que amplía la segunda fase, Secretaría de Economía y COFEPRIS, firmado el 16 de julio de 2025, en vigor el 1 de enero de 2026. Fija la segunda fase hasta el 31 de diciembre de 2027 y la tercera a partir del 1 de enero de 2028.